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NoticiaPropietarioAdministración4 jun 2026

Avalúo catastral 2026: el reajuste del 3% nacional y por qué Bogotá juega con sus reglas

Los predios no actualizados en 2025 suben 3%. Pero el avalúo es la base, no el impuesto: la tarifa la fija cada municipio.

Desde el 1 de enero de 2026 entró en vigencia un reajuste del 3% en el avalúo catastral de los predios que no fueron formados ni actualizados catastralmente durante 2025. La medida se fundamenta en las leyes 44 de 1990 y 242 de 1995, que limitan el reajuste anual al rango de la meta de inflación. El Gobierno no decretó el incremento extraordinario que algunos esperaban.

El 3% no aplica a todos los predios. Quedan exentos los formados o actualizados durante 2025 y —clave— los predios de Bogotá, que usa índices propios a través de su Catastro Distrital. Ciudades con catastro descentralizado como Medellín y Cali también aplican metodologías propias.

El punto central para propietarios y administradores: el avalúo catastral es la base gravable, pero no es el impuesto predial. El valor final depende de las tarifas que fija cada concejo municipal. Como protección, la Ley 1995 de 2019 establece que el Impuesto Predial Unificado no puede exceder el 50% del valor pagado el año anterior, salvo excepciones.

En Bogotá, la administración distrital comunicó que para 2026 cerca del 55% de los predios no tendría incremento o tendría ajustes iguales o por debajo de la inflación, y que las bases gravables mínimas subieron 4,1%. Conviene revisar el avalúo de cada unidad antes de que llegue la factura.

Fuentes

Contenido informativo, no asesoría legal ni financiera. Verifica las cifras con la fuente oficial antes de tomar decisiones.